Publicado el Bando Municipal de Playas para esta temporada

Desde ayer 1 de junio y hasta el próximo 30 de septiembre estará en vigor el Bando que establece una serie de normas para uso y disfrute de nuestro litoral 



REDACCIÓN

Ayer lunes 1 de junio entró en vigor el Bando Municipal de Playas para 2026, que estará vigente hasta el próximo día 30 de septiembre y que tiene por objeto establecer normas y recomendaciones para la seguridad de las personas que disfruten de nuestras playas. 

El Bando, que puede consultarse en el tablón de edictos de la web municipal (https://elpuertodesantamaria.sedelectronica.es/preview-document/65601197-c841-49c3-9e61-ddb90fe4976e/) recoge un total de 24 puntos contemplando una gran cantidad de casuísticas que pueden darse y abarcando desde el cuidado de nuestras playas y las normas para su disfrute con respeto, hasta la navegación de embarcaciones y motos náuticas así como la práctica de los deportes acuáticos. 

En primer lugar, queda absolutamente prohibido ensuciar las playas con multas de hasta 750 €. También está prohibido el acceso de animales a la playa en temporada, con la excepción de la playa canina que estará habilitada en la playa de El Aculadero, en el tramo comprendido desde el espigón de separación con la playa de La Puntilla hasta la escollera bajo el paseo peatonal.

El Bando establece también la protección de la biodiversidad, indicando que "los pinares costeros, los sistemas dunares, los acantilados y los fondos rocosos o arenosos conforman el entorno valioso y diversos de nuestras playas que es preciso proteger y conservar". En este sentido, destaca zonas como la playa de Levante y sus sistema dunar, Santa Catalina, Valdelagrana y las zonas altas de La Puntilla y La Muralla. 

Al ser El Puerto miembro a la Red Andaluza de Servicios Sanitarios y Espacios Libres de Humo, La Puntilla ha sido designada como playa libre de humo

Las normas recogidas en el Bando también regulan las medidas a seguir para la seguridad en el baño, el uso de aseos, duchas y lavapiés, y la prohibición de los juegos de pelota, discos voladores y otros, como "el vuelo de cometas y cualesquiera otros que supongan molestia para los demás usuarios en razón del tamaño, forma o material de sus elementos".

Además, se prohíben las acampadas y "el encendido de fogatas, hogueras o antorchas, así como de bengalas, linternas voladoras, material pirotécnico que no sea de urgencia o emergencia, o de cualquier otra fuente de fuego, excepto en casos autorizados de forma expresa por el Ayuntamiento".

En cuanto a los deportes náuticos, las embarcaciones deberán navegar en las zonas autorizadas y balizadas para ello; las motos náuticas deberán navegar fuera de la zona de baño, es decir, a más de 200 metros de la orilla; y la práctica del surf, dado el gran riesgo que supone para los bañistas, queda limitada al horario hábil para su ejercicio, desde las 7:00 a las 11:00 horas, quedando el resto del día terminantemente prohibido, salvo en las zonas que puedan autorizarse y habilitarse específicamente para ello.

Además, las tablas de wind-surf y paddle surf y la práctica de Sky-Surf y Kite-Surf deben practicarse en las zonas autorizadas y señalizadas a 200 metros de la orilla y a menos de 1 milla de la costa.